Pregunta legal. ¿Si la legislación obliga a devolver el dinero, porque nadie lo hace?
Abril 14, 2008
sirah
Tags: Comercio, Consumidor, Consumidores, Derechos, Dinero
Información más completa en: http://evolucionando2.blogspot.com/2009/04/en-que-casos-tenemos-derecho-recibir-la.html

Me resulta sorprendente comprobar una y otra vez, la distancia insalvable entre la “justicia” y la realidad. Según la ley en España, los consumidores tenemos derecho a recibir la devolución del importe de lo que compremos en un plazo legal de 7 días(siempre que haya defectos anteriores a la compra).
Pues bien, esto es absolutamente imposible en un altisimo porcentaje de casos, salvo que quieras meterte en juicios y perder mucho tiempo de tu vida en conseguir lo que tendría que ser un principio ético de relación entre seres humanos (detrás de cada empresa, hay seres humanos, incluso aunque ellos no lo sepan).
la Ley de Ordenacion del comercio Minorista que data del año 96 que fue modificada hace 2 años dice:
Artículo 10. Derecho de desistimiento.
1. Cuando en el ejercicio de un derecho previamente reconocido ( Es decir, es el comerciante el que tiene la última palabra.).. se proceda a la devolución de un producto, el comprador no tendrá obligación de indemnizar al vendedor por el desgaste o deterioro del mismo debido exclusivamente a su prueba para tomar una decisión sobre su adquisición definitiva sin alterar las condiciones del producto en el momento de la entrega. Se prohíbe al vendedor exigir anticipo de pago o prestación de garantías, incluso la aceptación de efectos que garanticen un eventual resarcimiento en su favor para el caso de que se devuelva la mercancía.
2. Caso de no haberse fijado el plazo, dentro del cual el comprador podrá desistir del contrato, aquél será de siete días. (desconozco de donde viene la idea general de que son 15 días)
http://revista.consumer.es/web/es/20000901/practico/consejo_del_mes/
Devoluciones a establecimientos
- Recuerde que el derecho a devolución del dinero sólo existe si la mercancía presenta algún defecto de fabricación anterior a la venta. En ese caso, el comprador podrá exigir, si no prefiere que le restituyan el artículo, que el importe del producto le sea reembolsado en dinero, y no tendrá por qué aceptar vales, cheques ni moneda interna.
- Los establecimientos pueden decidir libremente si aceptarán devoluciones de productos no defectuosos. En caso afirmativo, determinarán, además, las condiciones (plazos, si la devolución se efectuará en metálico o mediante vales de compra, si el envoltorio puede estar abierto o no, etc). Por ello, antes de comprar un producto, infórmese sobre la posibilidad o no de devolución y de las condiciones.
- Guarde siempre el ticket de compra. Su presentación es imprescindible a la hora de efectuar cualquier cambio o devolución.
- Si la publicidad de un establecimiento o de un producto anuncia a través de cualquier medio que si usted no queda satisfecho con el producto, le devuelven el dinero, tiene derecho a ello, ya que la publicidad es vinculante para quien la efectúa. No obstante, será el establecimiento quien decida cuándo acaban o cambian las condiciones anunciadas mediante la publicidad, así pues, antes de comprar pregunte si continúa vigente.
- En la venta a domicilio y en la venta a distancia dispone de un plazo de 7 días, desde la recepción de la mercancía, para devolver el producto.
- De no existir la propuesta “si no queda satisfecho, le devolvemos su dinero” y desee retornar un producto no defectuoso, trate de llegar a un acuerdo amistoso con el comercio, pero no olvide que el establecimiento podrá negarse a aceptar la devolución.
- Cuando realice una compra con la condición de tener a prueba durante unos días el producto adquirido, ejerza su derecho a devolverlo en el plazo acordado. En caso de no haberse fijado el plazo, será de 7 días.
- En las compras a plazos, exija que le incluyan una cláusula que posibilite la disolución del contrato de compra dentro de los tres días posteriores a la entrega del artículo.
- Si por ley tiene derecho a cancelar el contrato pero el vendedor se niega a devolverle la cantidad entregada, acuda a la OMIC más cercana o la Junta Arbitral de Consumo.
- No olvide que los comercios no admiten cambios de objetos que puedan ser reproducidos o copiados (cintas de vídeo, casetes, CDs), de prendas íntimas o artículos de higiene ni de ropa de fiesta.
- Si un establecimiento admite devoluciones durante toda la temporada, también habrá de hacerlo en época de rebajas. De lo contrario, deberá advertirlo explícitamente (mediante letreros, por ejemplo). En caso de arreglos a prendas (acortar largos o mangas, estrechar cintura¿) ocurre lo mismo. Si son gratuitos durante la temporada pero se cobran en época de rebajas, el establecimiento también deberá advertirlo.
- Las devoluciones de productos con garantía de seis meses o más, como aparatos eléctricos, herramientas y muebles, se realizan de la siguiente manera: si el comprador, aduciendo defectos de fabricación, los devuelve antes de transcurrido el plazo de garantía, será el vendedor quien deba demostrar que no se trata de defectos de origen. Por el contrario, si los devuelve una vez finalizada la garantía, será el cliente mismo quien deberá probar que los defectos eran de fábrica.
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1.
kastanedowski | Agosto 29, 2008 at 9:57 am
Siento no poner el enlace con la ley, pero en un programa de la radio donde hubo de bebate acerca de este tema los abogados concluyeron claramente que en la constitucion se protege al comprador con garantia, no importando si el vendedor haya dicho explicitamente que no la hay, esto tambien aplica para promociones, y “last minute” de viajes.
No estara demas decir que es mejor usar “el sentido comun”
un saludo
Kastanedowski
2.
Admin | Octubre 8, 2008 at 1:49 pm
Buenas tardes, y en el caso contrario si como fabricante o distribuidor entragas una mercancia a un establecimiento, que plazo tiene el establecimiento para devolver la mercancia?
Gracias por tu blog!
aruizgimenez@gmail.com
3.
sirah | Octubre 8, 2008 at 6:53 pm
Hola ARuiz:
La información que he puesto en el artículo, la he ido recopilando de las fuentes que menciono, porque yo la necesité:). Ojala pudiese ayudarte. En su defecto, creo que podrías ponerte en contacto con una cámara de comercio, asociación de autónomos o empresarios, que entiendo tienen que tener conocimiento sobre este tema.
Gracias por tu agradecimiento
sirah
4.
Amaia | Octubre 28, 2008 at 3:20 am
Mi caso: El pasado 16 de octubre compre unas botas, al llegar a casa y probarmelas comprobé que no me quedaban del todo bien, un poco grandes, por el tipo de zapato que era con una puntera redonda ancha, fui corriendo a la mañana siguiente y me endosaron un vale de 114€.
Sinceramente me parece un robo, lo que me ha costado sacar unas botas de una tienda darlas un paseo y devolverlas.
Además la dependienta, me contesto de malas maneras(enfada creo yo por el mal resultado de la compra) cuando la que lleva mi dinero en el bolsillo es ella. A fin de cuentas a caballo regalado no le mires el diente, pero encima es el cliente el desalmado que te ha hecho la faena cuando a la hora de la verdad la única beneficiada es ella.
Te hacen sentir mal o peor cuanod en realidad, solo has ejercido tu derecho a cambiar de opinión algo que todas las personas hacemos diariamente, como decidir por que calle pasear o por que paso de cebra cruzar….
Y me parece un argumento absurdo que te espeten que nadie te obliga a comprar, cuando tu has perdido casi 120€ y te has dio a casa con las manos vacías porque repito nadie me obliga a quedarme algo que yo no quiero y en la legislaci´n en que vivimos las devoluciones existen lo quieran o no lo quieran porque sinceramente tampoco les sale nada mal, sino vean esta página web no tiene desperdicio alguno, hasta 8 mil € de ganancias regaladas a causa de vales no canjeados:
http://foros.plangeneralcontable.com/viewtopic.php?t=10401
Aquí queda claro que ciñéndonos a la realidad es, más que abusivo, surrealista…
5.
Maria | Octubre 31, 2008 at 4:13 pm
Un articulo de joieria que no lleva ningun tipo de alarma se puede devolver y exigir la devolución del dinero?
Qué protección tiene una joieria? Este articulo se puede haber usado en una fiesta o evento.
6.
sirah | Noviembre 1, 2008 at 7:20 am
María, deduzco que sospechas que es posible que uno de vuestros clientes haya podido utilizar este método. En primer lugar te aconsejo te pongas en contacto con una web jurídica donde se pueden hacer este tipo de consultas. Yo solo recopilé información, porque me encontré con la situación en el lado opuesto, en el de cliente.
Por lo que yo he leído, existe mucha gente que utiliza este “truco”, para hacerse con algún traje o joya y poder “aparentar”.
Por lo que he investigado (pendiente de confirmación por un jurista), parece que, desgraciadamente para los derechos de los consumidores, en función de si la tienda libre y voluntariamente quiere aceptar la devolución puede o no hacerlo, según le convenga -salvo previo defecto demostrable en el producto, anterior a la venta-”Recuerde que el derecho a devolución del dinero sólo existe si la mercancía presenta algún defecto de fabricación anterior a la venta. En ese caso, el comprador podrá exigir, si no prefiere que le restituyan el artículo, que el importe del producto le sea reembolsado en dinero, y no tendrá por qué aceptar vales, cheques ni moneda interna.
Los establecimientos pueden decidir libremente si aceptarán devoluciones de productos no defectuosos. En caso afirmativo, determinarán, además, las condiciones (plazos, si la devolución se efectuará en metálico o mediante vales de compra, si el envoltorio puede estar abierto o no, etc). Por ello, antes de comprar un producto, infórmese sobre la posibilidad o no de devolución y de las condiciones”.
No obstante, la última sentencia de la que me hago eco en este artículo, parece apuntar a que esto podría cambiar. Pero por ahora, no deja de ser algo excepcional, que, eso sí, puede sentar precedente (parece ser que por no ser recurrible) ante otras potenciales reclamaciones.
Personalmente, creo, que igual que hay que ser honestos en el tema de denuncias por maltratos de género, y no aprovechar la sensibildad social para hacer denuncias falsas, lo mismo con el tema de las devoluciones de productos, y su uso previamente poco ético.
Supongo que vuestra única defensa, es la de ir conociendo a los clientes que usan esta práctica, por ejemplo, con una base de datos compartida por establecimientos del ramo. A efectos jurídicos sobre este tema en partícular insisto, te recomiendo consultar a un jurista. Suerte
7. Dell y la politica de pan&hellip | Noviembre 30, 2008 at 9:31 pm
[...] El Corte Ingles que puedes hacerlo sin dar explicaciones), legalmente no tienes a donde agarrarte. Link interesante Puedes ponerte lo tozudo que quieras, mucha gente ha intentado montar follones por el tema de los [...]
8.
amaral | Diciembre 28, 2008 at 1:39 pm
muy buenas:
querria saber si alguien puede contestarme a una duda, me a regalado mi hija un chaceton y no me vale lo hemos llevado a cambiar y no hay talla mayor y de los productos que hay en la tienda no me gusta nada y como no, el dinero no lo devuelven me dieron un vale yo quiero ese chaqueton pero no lo tienen ¿ es justo q no me devuelvan el dinero ?,puedo hacer algo al respecto ?
9.
amaral | Diciembre 28, 2008 at 1:51 pm
muy buenas:
el dia 25 me a regalado mi hija un chaqueton y no me vale me queda pequeño, fuimos el viernes a la tienda a por otra talla y no hay mas ,ni posiilidades de conseguirla,no me devuelven el dinero y de lo que hay en la tienda no me gusta nada, me dan un vale pero yo no lo quiero y pedi la hoja de reclamaciones la cual no encontraron hasta una hora despues, si es cierto q hay un papel que dice que no se devuelve el dinero , yo quiero otra talla y no hay¡ quien tiene razon? creeis q es justo? si pongo la denuncia conseguire algo?
un saludo y gracias
10.
estibalit | Diciembre 28, 2008 at 3:09 pm
HOLA! YO SOY LA ENCARGADA DE UN TIENDA DE MARCA CONOCIDA, MI PREGUNTA ES LA SIGIENTE . ¿el comercio tiene obligacion de devolver el dinero? yo en el tike de compra especifico que no se devuelve el dinero que el plazo d devolucion es de 15 dias, y que se emite un vale por el importe, que no caduca y que se puede usar todo el año menos en temporada de rebajas. no ostante si una prenda sale defectuosa o tiene una teara de fabrica yo me comprometo a la devolucion del dinero. pero sies por plobema de gustos o problema de talla no. porfavor me pdrian contestar pronto tengo varias hojas de reclamciones ya puestas y me quiero informar para poder devatir con los clientes este tema que tanto saben y se gun ellos tan muy informados. gracias un saludo estibalitz
11.
sirah | Diciembre 28, 2008 at 7:26 pm
Para Estibaliz
y Amaral:
Según la ley a día de hoy:
“los consumidores tenemos derecho a recibir la devolución del importe de lo que compremos en un plazo legal de 7 días (siempre que haya defectos anteriores a la compra)”.
Pero según una sentencia – mencionada en esta entrada- que puede sentar jurisprudencia a favor del consumidor y sobre la cual, se puede exigir el dinero, so pena de llegar a juicio, al existir sentencias previas que argumentan el derecho al cobro del dinero, en caso de desestimiento :
“el vendedor está obligado a devolver las sumas abonadas por el comprador sin retención de gastos”. “Serán nulas de pleno derecho las clásulas que impongan al consumidor una penalización por el ejercicio de su derecho de desistimiento o la renuncia al mismo”
“El tribunal también hace hincapié en que el vale no debe llevar una fecha límite ya que “el dinero efectivo no caduca”.
” fallo “declara nula la práctica habitual de los comercios que entregan vales con fecha de caducidad al considerar que la aplicación estricta del derecho de desistimiento que ostenta el consumidor obliga a entregar el dinero en efectivo”.
Enlaces e información en el artículo de estes comentarios.
12.
ana | Diciembre 29, 2008 at 9:09 pm
Hola queria Responder a un post hecho hace ya tiempo, se trata de “Amaia” una chica que se compro unas botas y le dieron un vale. Pues bien, es cierto que todo el mundo tiene derecho a equivocarse pero existen muchos casos en los que se compra sin pensarlo bien. Para un pequeño comerciante le es muy dificil competir con el corte ingles o inditex, pues estas empresas pueden llegar a llevarse un beneficio de un 700% del producto que venden, por eso mismo pueden permitirse una politica de devolucion mas flexible para el consumidor, rebajar los precios hasta el 50% y hasta vender los productos defectuosos en los llamados “outlet”. Desgraciadamente un pequeño comerciante que , pongamos el ejemplo, compre 100 o 200 pares de zapatos de cierta firma por temporada no va a conseguir el mismo precio que consiga el corte ingles por estos mismos zapatos, pues probablemente hablemos de millones de pares al año… Por lo tanto un pequeño comerciante, debera afinar el precio para que si le comparan con el corte ingles no le llamen ladron. Asi pues en rebajas no podra tirar los precios y debera ponerse mas firme en cuanto a las devoluciones.
Imagino que hay de todo en el mundo quizas te puedas topar con mala gente que te haya intentado engañar pero tambien hay que saber que muchos pequeños comerciantes sufren muchos abusos por parte del consumidor ya que han aprendido a exigir gracias a los grandes almacenes que pueden ofrecer el oro y el moro y marcan las reglas del consumo. Asi que un consumidor exige porque “en el corte ingles si lo hacen” aunque asi no sea la ley.
Amaia, la vendedora esta en su derecho de no devolverte el dinero asi como nadie te ha obligado a comprar las botas, seguro que la proxima vez te lo piensas mejor antes de gastarte 120 euros.
13.
Laura | Enero 8, 2009 at 1:11 am
Me he quedado de piedra al leer este último email…. no me puedo creer que sea una comerciante la que te diga que la próxima vez te lo pienses mejor antes de gastarte 120 euros…. No sé quien eres Ana, pero si te las gastas así en tu negocio me imagino que te irá más que mal… Yo también tengo un pequeño negocio y me las tengo que ingeniar para bandear todas las dificultades que has enumerado antes y más, pero de ahí a tratar así al cliente hay un trecho muy grande. Yo soy comerciante, pero también cliente y estoy alucinada de todas las veces que tengo que entrar en tiendas donde parece que te están haciendo un favor por atenderte, te ponen malas caras cuando vas con toda la educación del mundo y se permiten el lujo de ser maleducados y no atender a las reclamaciones. Esto, nos guste o no forma parte de nuestro negocio, y si no estamos dispuestos a afrontarla con la mejor cara del mundo, mejor dedícate a otra cosa. Claro que hay clientes que intentan estafarte, pero todos sabemos que son los menos, y creo que como mínimo no se pueden establecer criterios generales. Yo animo a todos a que se gasten 120 euros y todo lo que quieran en mi tienda….y si no les gusta o no les queda bien ya llegaremos a un arreglo, sólo así se les quedará ganas de volver, y no creo que nos podamos permitir el lujo de perder clientes como Ana, bueno, igual a ella le sobran y se puede permitir el ser tan borde…..no creo que por mucho tiempo.
14.
aini | Enero 8, 2009 at 3:23 pm
Ana, me parece muy bien lo que has dicho pero yo te cuento lo que me acaba de pasar esta mañana. He comprado un producto en un comercio pequeño en ningún sitio (ni estante, ni etiqueta)ponía que fuera para niña, sólo lo pone en el ticket “moda niña”, todavía estoy mirando en el producto y en ningún sitio pone que sea moda niña, en el estante del que lo he cogido tampoco lo ponía. Nada más pagar se lo he comentado a la chica (no había salido de la tienda) y me ha dicho que no me lo cambia, que me coja otra cosa. Así que, como no es el corte ingles (menciono ese establecimiento pq lo mencionas tú) me lo tengo que comer con patatas. Conclusión: “Compraré menos en los comercios pequeños para no tener dolores de cabeza”
15.
eva | Enero 9, 2009 at 2:24 am
Hola. Me gustaria contar un caso que me paso hace unas pocas horas. Fui a Toys r us a devolver un juguete que compre y que no funciona. Osea, que esta defectuoso. Dicha empresa no hace devoluciones en efectivo ni en tarjeta, solo te entrega una tarjeta regalo por valor del producto. Y si esta defectuoso solo te lo cambian por otro igual (esto segun la empleada y la encargada que hablaron conmigo). Pero logicamente yo les decia que me parecia bien si el juguete yo lo quisiera cambiar porque si, pero es que esta defectuoso y queria que me devolvieran el dinero en efectivo. Se negaron a hacerme la devolucion alegando que la ley permite a los comercios poner sus normas a la hora de hacer devoluciones. Les pedi la hoja de reclamaciones, que no rellene, porque primero me gusta informarme antes de hablar por hablar, pero me lleve el juguete roto. Me gustaria que alguien me dijera que es lo que puedo poner en la reclamacion y como podria hacer para que me devolvieran el dinero, ya que segun veo la ley dice que “si el producto esta defectuoso tienen la obligacion de reembolsarmelo”. Gracias anticipadas. Saludos
16.
Fety | Enero 13, 2009 at 12:01 am
Hola chicos,queria aceros un pregunta:
He comprado una joya el pasado dia 5 de enero de este mismo año,por valor de 65 euros,y la dependienta me aseguro que se podia devolver el dinero.Bien,7 dias despues fui a devolverlo y me dice (otra dependienta) que en esa tienda no se devuelve el dinero,y que era imposible que su compañera haya dicho eso..vamos que aun encima te llaman mentiroso a la cara.Despues de discutir con la dependienta lo unico que me hizo fue un vale por la antedicha cantidad y que tenia un plazo maximo de 3 meses,si no lo perdia.Como comprendereis estoy indignado,me veo impotente sin poder hacer nada (por cierto,el articulo está en perfecto estado y sin abrir) y por eso queria pediros con consejo,que puedo hacer?
Gracias de antemano y que tengais un Feliz año
17.
elena | Enero 29, 2009 at 10:57 pm
Hola, mi pregunta es la siguiente, si en un tique de compra no pone nada respecto a los cambios ni a las devoluciones, se pueden negar a cambiarme una prenda pasados dos meses??
Claro está que sin estrenar.
18.
jahd | Enero 31, 2009 at 12:29 pm
Pues yo estoy con Ana, y también tengo una tienda, en este caso de informática. Como estoy en un sitio pequeño no puedo permitirme el lujo de tener según qué cosas en stock, aunque sea un portátil de 500€. Si me lo encargan, lo pido, y luego me lo devuelven a los 7 días me lo tengo que comer con patatas, o lo tendré que terminar vendiendo por debajo de coste por la depreciación de estos productos. Así que sí prefiero que la gente se piense las cosas y luego no me fastidie.
Hay mucha gente que tiene mucha cara, y a El Corte Inglés no le afecta si uno se compra un traje para una boda y lo devuelve el lunes, pero a un pequeño comercio media docena de clientes así lo hacen polvo, y más con los márgenes que tengo en mi sector. Y conste que yo sí admito devoluciones de productos incluso no defectuosos y reintegrando el dinero.
Lo que estoy buscando (a ver si alguien de paso me puede dar algún enlace) es el tema de las entregas a cuenta para pedidos, si hay obligación de devolver ese dinero si luego el comprador se echa atrás (con lo cual no hace falta pedir nada a cuenta) o si este tipo de ventas se consideran encargos especiales.
Saludos!!
19.
Sergio | Febrero 1, 2009 at 7:42 pm
Hola yo me he comprado un portatil hace 20dias yno me funciona bien desde el primer dia.Puedo hacer algo para queme devuelvan el dinero?Lo que me pasa es que de repente el teclado deia de funcionar y la WebCam aveces Se queda colgada y no responde. Me gustaria saber que puedo hacer xq estoy cansado de intentar que vayabien y ahora no Se si medevolveran el dinero, Xq no quiero que se l0 lleven un mes y yo estar sin ordenador. Gracias. Un Saludo.
20.
Anónimo | Febrero 1, 2009 at 9:59 pm
Hola. quisiea haceros una pregunta.
os comento, le jueves pasado compre una manivelas
y unos tiradores para unas puertas en una ferreteria, y el caso es que mi cliente los avia adquirido por cuenta propia si avisarme , pero mi sorpresa es que fui a devolverlos a dicha ferreteria y me aceptaron la devolucion y me cobraron un cinco por ciento por demerito
esto es legal gracias
21.
jem | Febrero 15, 2009 at 4:16 am
Hola a todos, yo soy dependienta de una joyería, y precisamente me estaba informando de este tema porque esta tarde ha venido una clienta, borde y maleducada, a que le devolviese el dinero de una joya que su marido le había comprado y que ella no quería porque es alérgica a la plata, y no le gustaba nada más de la tienda (habiendo gran cantidad de productos sin plata para escoger…), le he ofrecido un vale, puesto que la política de la empresa es no devolver el dinero, excepto cuando el producto comprado es defectuoso, y con un cartel en varios idiomas en caja donde lo especifica, también en el ticket de compra.
La cuestión es que si esta clienta hubiese venido con educación y respeto, probablemte yo la habría ayudado a que le devolviesen el dinero (ya que esta es decisión del jefe, y dependiendo del caso accedemos a la devolución aunque no haya defectos en el producto, solo para que el cliente quede contento y quizás vuelva en otro momento a comprar). Pero se habla mucho del derecho del consumidor y de la mala atención de los vendedores, pero no tanto de la extremada mala educación de muchísimos clientes que trato a diario, como esta mujer que sin dejarme casi hablar empezó a gritarme y a exigirme la hoja de reclamaciones, y amenazandome con ir a la oficina del consumidor…En vez de intentar ser amigable para llegar a un acuerdo, como veo que tendría que haber hecho.
Al final se le hará la devolución de dinero solo para no estar de malas con ningún cliente, pero yo estoy en parte de acuerdo con la frase de Ana de que el cliente PIENSE antes de comprar algo, como todo en la vida!!o como mínimo se informe, y que estos clientes que se creen tan listos y conocen tanto sus derechos, no los usen tampoco para abusar del comercio.
22.
montse | Febrero 23, 2009 at 6:23 pm
hola a todos,pues mi caso es muy parecido fue que compre en una tienda de decoracion dos cestos de mimbre y cuando los quise poner en el sitio que tendria que ir cual fue mi sorpresa que la medida no era la adecuada.Asinque fui a los dos dias como es epoca de rebajas …pero lo peor es que no habian mas de ninguna medida,pero dijeron fui un miercoles y la chica que me atendio dijo que el viernes traeria mas,ni me llamaron ni nada de nada…y como a todos vosotros me han echo un vale de 3meses de caducidad y he ido varias veces a la tienda y me dicen que no saben si traeran…y no me devuelven el dinero,pero lo que no es justo es el echo que ahora tengo que gastar esa catidad alli sin necesitar nada de decoracion y me quedo sin los cestos que realmente es lo que yo quiero.
23.
cronicaszombi | Febrero 25, 2009 at 1:24 pm
He comprado unos altavoces, les llevé una muestra, y aún así, por dos veces y más de tres meses de espera no me han traído los que quedamos que me traerían. No quiero esperar más y quiero la devolución del dinero. Están pagados desde la recepción de los primeros. Que hago con este timo.
24.
Mari | Marzo 24, 2009 at 9:53 pm
Hola, yo soy dependienta desde hace muchos años y sí, los clientes abusan de nosotras solo por el hecho de creerse con todos los derechos del mundo y por supuesto diciendo la coletilla “el cliente siempre tiene la razón”. Pues bien, ya se ha visto que no tenemos la obligación de devolver el dinero, salvo excepciones ya mencionadas.
En la empresa en la que trabajo actualmente, hacemos vales, “que no caducan”, y si se pierden, se pueden recuperar. Aún así nos las vemos y nos las deseamos para que no nos pongan hojas de reclamaciones. (una de ellas fue de una chica que compró una prenda en otra tienda de la misma marca y quiso que le devolviéramos el dinero, aun no teniendo la etiqueta del producto y estando todavía húmeda, de haberla lavado)
Otra cuestión es que, a no ser que seas una empresa grande y puedas permitirte ese lujo, los datáfonos no suelen estar intercomunicados entre las tiendas, ya que eso es muy costoso, y hay empresas que no pueden permitirselo; esto significa que a la hora de hacer una devolución te pide el número de operación original, y si la prenda en cuestión no ha sido comprada en la misma tienda en la que se quiere devolver, no se puede hacer dicha devolución. Aún así, damos la opción de hacer el vale, con las características ya mencionadas, o en su defecto, que se vayan a la tienda donde ha sido comprada, más que nada, por imposibilidad material, no porque no queramos hacer la devolución.
Finalmente quería comentar, que sólo puede sentar jurisprudencia el Tribunal supremo y tienen que ser 2 o más sentencias sobre la misma cuestión y con el mismo fallo. El resto de juzgados no pueden sentar jurisprudencia, y lo dicho, tienen que ser 2 sentencias o más.
Respecto a la sentencia mencionada al principio de este blog, aunque aún así sentara jurisprudencia, seguiría sin ser obligatorio devolver el dinero (salvo defecto anterior a la venta), ya que creo entender que el fallo se refiere a la caducidad del vale, no a dicha obligación de devolver el dinero.
25.
sirah | Abril 5, 2009 at 5:22 pm
Mari, he colocado en http://evolucionando2.blogspot.com/2009/04/en-que-casos-tenemos-derecho-recibir-la.html, la información más actualizada que hay sobre este tema. Creo que zanja todas las dudas:)
Por un lado me alegra de que tu empresa haya logrado esa identificación tuya como parte importante de la misma. Normalmente es dificil distinguir, el papel de dependiente del de clienta, cuando compras en el rol de compradora en otra empresa (o en la que trabajas:).
Personalmente creo que con buena voluntad por ambas partes se solucionaría todo, yo trabajé de dependienta, poco tiempo. Y al tiempo me formé en temas de comercio, con lo que entiendo que es cuestión de buena organización empresarial el poner a funcionar la política de ventas más inteligente, que es ni más ni menos, la que beneficie al cliente, por purito interes del comercio. Lógicamente, beneficiar al cliente, no es poner siempre la otra mejilla y sufrir abusos reiterados de clientes con cara. Creo que hay mecanismos para evitar esto.
Por supuesto que las ventajas de las que disponen los grandes negocios no las pueden tener los pequeños, pero esto no excusa de buscar alternativas donde ninguna parte salga perjudicada.
La ley no obliga a devolver en algunos casos.. pero que bien quedaríais y lo más importante para vosotros COMO FIDELIZARIAIS, si lo hicieseis cuando sabeis que el cliente es serio y fiel ¿no crees?.
Te recomiendo la lectura de cualquier libro de marketing de servicios, que es una información neutral y que proporcionaría al comercio un mejor conocimiento de la psicologia del cliente, que es su fuente de ingresos (cosa que muchos olvidan y luego, estos sí, pagan el precio)
Todo lo que dices desde el punto de vista es incuestionable (mirar el artículo ampliado al respecto). Pero más alla de lo jurídico, yo iría a un concepto más amable hacia el comprador. Gracias por tu comentario:)
Sirah
26.
Carlos | Mayo 23, 2009 at 1:58 pm
Para resumir todo lo leido hasta el momento, si alguien pasa de leerse todos los comentarios, la conclusión es:
Solo comprar en establecimientos que hagan devoluciones del importe, sin tener por esto que estar el articulo defectuoso (entiendo que sino te gusta o lo ves mas barato y les entregas el articulo en perfectas condiciones que te ha costado X euros, no puedas recibir el importe)
Que los pequeños establecimientos como tienen menos margan de ganancias (no seran todos) no devuelven el importe (algunas grandes empresas tambien,ojo,estos si que son unos sinvergüenzas) pero lo mejor para evitarse dolores hacerlo en grandes areas, carrefour, alcampo, corte ingles, hipercor, etc, que devuelves el articulo y no eres interrogado de, el porque de devolverlo?. Con esto no digo que el pequeño comercio tenga la culpa, sino le ley que les sujeta a ello, asi que o cambian las leyes o mejor pasar de dolores de cabeza.
27.
sirah | Mayo 29, 2009 at 2:01 pm
Carlos no puedo estar más de acuerdo contigo. En el futuro me gustaría tener uno de esos pequeños establecimientos (si la crisis lo permite) y aún así, puedo entender perfectamente que el consumidor quiera las mayores garantías posibles en lo que compra, como decía mi madre:) “no me están regalando nada, siempre es mi dinero lo que está en juego”:).
El pequeño comercio, siempre puede jugar con una baza, la unión entre ellos.
Gracias
Sirah
28.
manuel | Junio 4, 2009 at 12:02 am
CADA EMPRESA TIENE SUS NORMAS Y SUS CONDICIONES DE MARKETIN,UNOS UTILIZAN EL FAMOSO LE DEVOLVEMOS EL DINERO,OTRO SI LO ENCUENTRAS MAS BARATO DE DAMOS LA DIFERENCIA EL PEQUEÑO COMERCIO TIENE LO QUE POR MUCHO QUE QUIERAN LOS GRANDES NUNCA VAN A TENER LA RELACION PERSONAL CON EL CLIENTE Y CLIENTE ES EL QUE VA VARIAS VECES A COMPRAR Y SABEMOS SUS NECESIDADES,GUSTOS…SI SABEMOS MEJOR ACONSEJAR Y AVECES PREFERIMOS NO HACER LA VENTA Y NO ENGAÑAR AL CLIENTE (ALGUNOS)
29.
Carla | Mayo 26, 2009 at 10:12 pm
Hola: les cuento que compre unas botas y a los tres dias se abrio la costura, logicamente fui a devolverlas, lo cual la empleada me hace un vale por el costo de las mismas.
Me dice que en 15 dias llegan mas botas del mismo modelo que compre, el caso es que yo no quiero ese mismo modelo ya que el primero se rompio, pero la empleada me dice que elija otra cosa del negocio lo cual me niego por que no necesito nada mas que las dichosas botas.
El punto es: si compre algo que se rompio a los pocos dias, tengo decrecho a que me devuelvan el dinero o tengo que conformarme con un cambio? gracias
30.
sirah | Mayo 29, 2009 at 6:10 pm
Carla, no recuerdo totalmente el contenido del artículo, pero creo que dice que tienes un plazo de al menos 7 días, para la devolución del dinero, cuando el artículo que compras está deteriorado, o en mal estado. Es decir, en mi opinión, según la legislación española, tienes derechos. Lo que yo hago es ir con dos fotocopias de la ley conmigo, y una dejarla en el sitio donde muestran su ignorancia. Luego te aconsejo que vayas al centro de consumidores de tu ayuntamiento. Si tu situación se ajusta a la ley, te asesoran los pasos exactos a seguir para recuperar tu dinero.
Suerte
Sirah
31.
manuel | Junio 3, 2009 at 11:54 pm
Yo como comerciante no entiendo.Cualquier persona es libre de comprar donde y cuando quiera,y si no le gusta pedir la devolución del dinero en 7 días.Nosotros perdemos un tiempo en atender,gastamos papel de tiket,el papel de regalo en algunas ocasiones y el público no tiene obligación.Si en el tiket se dice no se devuelve el dinero,si se anuncia en la tienda ¿por que tenemos que hacerlo?que pasa que juez puede decidir mis normas.Si no quiere comprar que no compre.Si pido una tasacion para un arreglo el tiempo que el operario pierde en ir a casa y en hacerme el presupuesto se paga se haga o no el arreglo.Yo tengo que perder el tiempo y el material y el cliente no pierde nada si al llegar a casa se le cruza los cables y decide no quererlo ¿y si mientras tanto he podido venderlo y no lo he pecho por que el último se lo llevo quién ahora no lo quiere?pierdo la venta por que el cliente tiene derechos pero ninguna obligación.Ah para terminar los clientes estropean mucha ropa por que no saben lavar,que casualidad que todas laban con perlan,norik o bolite en un barreño sin meterlo en la labadora y lo tienden en la sombra.Ja lo meten al mogollón con lejia cutre y lo tienden en la azotea a pleno sol,resultado prenda amarill y reclamación al canto por que la prenda es mala.¿ME PUEDO NEGAR A DEVOLVER EL DINERO SIN PREVIO COMPROMISO O POR NARICEDS SE DEBE DE DEVOLVER POR QUE LA CLIENTA HA PENSADO OTRA COSA?
32.
sonia | Junio 6, 2009 at 5:24 pm
me compre unos zapatos con prisas,al llegar a casa me di cuenta que me hacian algo de daño y decidi devolverlos. No me devolvieron el dinero,me dieron un vale,hasta ahi todo bien, si no es porque el vale me caduca en 2 meses. ¿Es eso justo?¿Le puedo reclamar a la dependienta mas tiempo?Mas aun cuando solo queda un mes para rebajas y luego no lo puedo canjear col lo cual solo tengo un mes. ¿Que puedo hacer?
33.
marta | Junio 7, 2009 at 10:59 am
hola sonia, puedes ir al establecimiento y comprar un artículo muy barato, si es que tienen, por ejemplo en una zapateria una plantilla o crema de limpieza y te haran otro vale por el resto del importe así tienes más tiempo en la caducidad con ese nuevo vale,
34.
manuel | Junio 16, 2009 at 11:30 pm
Hoy he devuelto el dinero por que si no lo hacía querian el libro de eaclamaciones.Si está anunciado que no devolvemos el dinero ¿puden obligarme a la devolución del dinero?¿Según que ley?
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Jack | Julio 9, 2009 at 12:15 pm
Manuel: Sólo si el producto era defectuoso o no hace lo que se supone que debía hacer (o lo que comentaste que sería capaz de hacer).
En caso contrario, nadie puede obligarte a la devolución del dinero. No hay Ley que así lo diga. Lo que suele suceder es que el consumidor se “inventa” derechos y leyes inexistentes, fruto muchas veces de la leyenda popular.
Un saludo, y mejor suerte.
PD/ No pasa nada porque te pidan el libro de reclamaciones. Se lo das, y listo. Al final, no prosperará el tema y tú saldrás de toda duda al respecto.
PD2/ Seguro que esa genete no tiene ni un ápice de dignidad para pedir luego disculpas por ser tan burros.