Infancias destrozadas por mirar para otro lado, iniciativa evolutiva de José Joaquín Loayza

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He recibido este comentario en este blog. Me ha impresionado. No es que no sepa que hay lugares donde se les roba la infancia a los niños y niñas. No. Es que mientras no me lo ponen delante de las narices, NO SE HACE TAN REAL.

Creo que este mensaje es dramático, y creo que debe ser dado a conocer. YO dejo aquí, mi pequeño granito de arena al respecto. Y deseo con todo mi corazón, que sirva aunque sea un poquito para que algunos seres humanos pequeñitos, dejen algún día de sufrir tan injustamente.

Felicidades José Joaquín Loayza, por esta iniciativa, y MUCHA MUCHA SUERTE.
Sirah.

Distinguidos Miembros del Congresillo o Asamblea Nacional, señor Presidente del Ecuador Rafael Correa, ministros jueces, fiscal general y demás autoridades. Me permito enviarles una sugerencia de Ley para proteger a los niños que son obligados a trabajar a pesar de que la Constitución y las Leyes los prohíben. Espero consideren mi propuesta y hagan las correcciones pertinentes a fin de que surjan leyes más justas dentro del marco legal.

PROYECTO DE LEY DEL NIÑO OBLIGADO A TRABAJAR

AUTOR: Ing. José Joaquín Loayza Navarrete
Teléfono: 2280442 Guayaquil Ecuador

EXPOSICION DE MOTIVOS:
Debemos reconocer que a pesar de nuestra Constitución y las Leyes que existen en el Ecuador, hay miles de niños que son obligados a trabajar por sus padres, madres o personas que los crían, quienes logran acumular bienes y capitales gracias al trabajo de estos niños, así que para estos casos debemos establecer mecanismos de protección automáticos que permitan darle a los niños al llegar a su mayoría de edad la parte proporcional de todo lo que generaron.

Muchos padres dicen a sus hijos, que tienen que aprender a trabajar desde pequeño para ser hombres de bien y responsables, pero el Estado ha establecido programas educativos eficientes proyectados para estos objetivos sin la necesidad de que los niños tengan que trabajar, sin embargo sus padres o criadores insisten en hacerlos trabajar para que adquieran mayor responsabilidad. Pues esa responsabilidad aprendida por los niños a la fuerza se traducirá en un beneficio proporcional de todos los bienes de sus padres o criadores.

Los niños no pueden ser privados del derecho de jugar, descansar y estudiar, pero al trabajar no disfrutan de estos beneficios que otros niños si tienen y cuando se vuelven adultos, son los padres o cuidadores los primeros en desconocer todo el trabajo que obligaron a estos niños hacer para obtener todas las casas, acciones y capitales.

Por lo cual se vuelve imperioso establecer un mecanismo legal que otorgue una parte proporcional justa de todos estos bienes a los niños cuando cumplen la mayoría de edad.

Art. 1.- El Estado Ecuatoriano reconoce la posibilidad de que niños y niñas sean obligados a trabajar por sus padres o cuidadores, a pesar de prohibición expresa constitucional, por lo cual el propio Estado declara que estos niños tendrán como pago por los servicios que prestaron en su niñez, la parte proporcional de todos los bienes de sus padres o cuidadores responsables, solo por el hecho de haber sido obligados a trabajar durante su niñez.

Art. 2.- Esta parte proporcional equivaldrá a la división de todos los bienes, dineros en efectivo, cuentas bancarias así como acciones de compañías, para el número de miembros de la familia que incluirán papá, mamá, hijos y el niño que fue obligado a trabajar en su juventud.

Art. 3.- En caso de que los padres hayan conformado una compañía, e intencionalmente hayan entregado todos los bienes a esta compañía de la cual casualmente todos los miembros de la familia sean socios accionistas, el Estado desconocerá la repartición establecida en esta compañía y reorganizará todas las acciones en forma equitativa proporcional incluyendo a los niños que fueron obligados a trabajar.

Art. 4.- Para el cumplimiento de esta disposición se permitirá a los jóvenes ya mayores de edad presentar testigos que demuestren que efectivamente estuvieron trabajando para sus padres o criadores durante su niñez y/o juventud sin necesidad de demostrar que fueron obligados, ya que los padres son los que están obligados a no hacerlos trabajar sino sólo estudiar y desarrollarse física y emocionalmente.

Art.5.- Todo socio adicional que haya participado con capital externo para la compañía que hubiesen establecido, se respetará su parte proporcional y se utilizará para estos cálculos solo las acciones de los padres, criadores e hijos de los mismos como las del niño trabajador.

Art. 6.- En caso de que los padres o criadores hayan contraído deudas, están no se tomarán en cuenta como responsabilidad de los niños que fueron obligados a trabajar, y todos los bienes se dividirán como si la deuda no existiera, corriendo por cuenta sólo de los padres o criadores las deudas a cancelar.

Art. 7.- Estos derechos son irrenunciables por lo que el niño trabajador no podrá rehusar su parte proporcional en acciones de compañías, ni en bienes de capital. La razón es obligar a como de lugar que los niños no tengan que trabajar, sino sólo estudiar y desarrollarse física y emocionalmente.

Art. 8.- En caso de que en la familia de varios niños, sólo uno fue obligado a trabajar, igual la división de bienes se tomará en cuenta a todos los niños como si todos hubieran sido obligados a trabajar. Y la razón es no dejar desamparados al resto de niños en sus derechos de herencia.

Art. 9.- Si los padres o cuidadores están vivos, los bienes que toma el niño trabajador al ser mayor de edad serán exento de impuestos de todo tipo, ya que no son herencia sino un derecho adquirido fruto de su trabajo.

Art. 10.- En caso de que el padre, madre o los dos padres o los cuidadores fallescan antes de que el niño cumpla la mayoría de edad, la división de los bienes se hará proporcional si el niño demuestra que tuvo que trabajar por exigencia de sus padres o cuidadores, y estarán exento de impuestos los bienes que le toca por trabajar, pero los que herede de los difuntos deberán pagar los impuestos que la ley determina.

Ing. José Joaquín Loayza Navarrete
Teléfono 2280442 Guayaquil Ecuador
josejloayza@yahoo.es

Sin seguridad alimentaria (que todo el mundo pueda comer) no hay seguridad para nadie

Brutal este vídeo. Dice que él es “demasiado pequeño para causar un impacto”. Si ves este vídeo, verás que nadie es demasiado pequeño para causar un impacto. Lo que es justo es justo, y lo justo produce el mayor impacto posible por esencia. 

El hambre se acerca a los seres de los lugares del mundo donde nos sentíamos “lejos”. Y esto nos acerca a los que ya hace mucho están sufriendo por esta carencia (y muchas otras). De que trabajemos unidos depende que situaciones como estas dejen de ser cíclicas y de que nuestras vidas estean en manos de otros. 

 

(Vídeo encontrado en el blog de Josep Pamies, del que soy seguidora)

109 mil perritos y 24 mil gatitos, son abandonados en España, cada año. La mayoría mueren

Fuente de la Imagen: Tinet

 

109.000 perros y 24.000 gatos fueron abandonados en España durante el año 2007. Lo escuché en la tele hoy (y acabo de leer más sobre ello en la web el rincondelascuatropatas). Son abandonados en las carreteras, la gran mayoría mueren atropellados. Es alucinante.

“Cada cinco minutos, un perro es abandonado en territorio español. No sólo se abandona en verano con la llegada de las vacaciones, sino que las cifras registradas son muy similares todos los meses del año”.

Noticia Positiva: De ellos el 52% del total, fueron adoptados ¡
¡Yupi, aún existe gente buena ¡¡¡

“Las causas esgrimidas por quienes abandonaron a algún animal en 2007, haciendo entrega de él en persona, fueron muy diversas. Un 17% afirmaban que se habían cansado de él, ¡¡¡¡¡¡¡

” Un 15% aseguraban que un miembro de la familia había desarrollado alergia, mientras que un porcentaje similar –el 13%- lo hacían por el nacimiento de un hijo o por traslado a una nueva vivienda. Sólo un 5% de los abandonos registrados se debían al fallecimiento del dueño, mientras que el 11% estaba originado, según sus hasta entonces dueños, por problemas de comportamiento del animal.”

“En cuanto a las cifras de abandono por Comunidades Autónomas, Andalucía, Madrid y Cataluña encabezan este desgraciado ranking tanto en el caso de los canes como en el de los felinos, mientras que Aragón es la que registró un índice más bajo de abandonos en lo que a perros se refiere y La Rioja en el caso de los gatos” (Un Viva por Aragón y La Rioja ¡¡¡:))

DONDE ADOPTAR EN ESPAÑA

En la página de Apap-Alcala.org, tienen una relación de todos los centros de España.

DONDE ADOPTAR EN OTROS PAÍSES DE HABLA HISPANA

Por favor si alguien conoce una dirección web por países o similar, me gustaría poder ponerlo en esta entrada. Gracias:)

Textos Entrecomillados Fuente: el rincondelascuatropatas